Qali Warma

Relación de laudos arbitrales III Trimestre 2021

ÍtemFecha de notificaciónDemandanteDemandadoContratoMateriaDescargar
129.10.2021OFICIO N° D00669-2021-MIDIS-PP
Información de Laudos Arbitrales correspondientes al tercer trimestre del año 2021.

202.07.2021 DELISUYOS E.I.R.L.COMITÉ DE COMPRA HUANCAVELICA 30004-2019-CC-HUANCAVELICA
3/PROD

0005-2019-CC-HUANCAVELICA 3/PROD
DEMANDA:
Se declare la validez y/o eficacia de la resolución de los contratos. • Se ordene la devolución de la carta de garantía de fiel cumplimiento.
Se declare que no procede imponer ninguna penalidad económica por supuesto incumplimiento en la entrega de alimentos de origen regional.
Se declare que no procede imponer penalidad por el 10% del monto de los Contratos por incumplimiento en la entrega de alimentos de origen regional de los contratos.
Se declare la nulidad y/o invalidez y/o ineficacia y/o deje sin efectos la resolución de los contratos ejecutada por la entidad. • Se ordene el pago pendiente por la prestación del servicio alimentario correspondiente a la primera y segunda entrega. que asciende a la suma de S/ 1’104,546.40.
Se ordene el pago de los intereses legales que dicha suma hubiese generado hasta el momento de la expedición del laudo.
Se ordene que los pagos de los gastos arbitrales sean asumidos por el Comité de Compra Huancavelica 3 y/o Qali Warma.
RECONVENCIÓN:
Se declare consentida la resolución de los Contratos, al haber sido válida y/o eficazmente resuelto por incumplimientos de obligaciones contractuales.
Se declare consentida la retención de las garantías de fiel cumplimiento. Que el contratista asuma el integro de los costos arbitrales y demás gastos.
321.07.2021 CONSORCIO AGROINDUSTRIAS E INVERSIONES SEÑOR DE HUANCACOMITÉ DE COMPRA PUNON° 002-2019-CC-PUNO4/PRODDEMANDA
Se declare resuelto el contrato por causal atribuible al contratante, por exigir prestaciones no comprometidas.
Se imponga penalidad alguna al consorcio demandante.
Se condene al demandado al pago de una indemnización por el Lucro Cesante ascendente a S/. 81,616.35.
Se condene al demandado a las costas y costos del proceso.
RECONVENCIÓN:
Se declare la invalidez y/o ineficacia y/o nulidad de la Resolución del contrato. • Se ordene al demandante el pago de la suma de S/. 134,399.55 por concepto de garantía de fiel cumplimiento.
Se ordene al demandante, asumir el íntegro de las costas arbitrales y demás gastos.
403.08.2021CORPORACIÓN DALSAR SACCOMITÉ DE COMPRA PUNO N° 1 Y N° 7N° 005-2018-CC-PUNO7/PROD

N° 002-2018-CC-PUNO7/PROD

N° 004-2018-CC-PUNO1/PROD

N° 003-2018-CC-PUNO1/PROD

N° 002-2018-CC-PUNO1/PROD
DEMANDA:
Se declare la nulidad, invalidez y/o ineficacia de carta con la que se dispuso resolver el contrato, así como los documentos sustento de la resolución.
Se ordene a la demandada y a la entidad que en forma solidaria efectúen la devolución de la garantía de fiel cumplimiento.
Se ordene al demandado y a la entidad el pago de costas y costos.
Se ordene el pago de una indemnización por concepto de daños y perjuicios al impedir la devolución de la garantía.
RECONVENCIÓN:
Se declare consentida la resolución de los contratos al haber sido válida y/o eficazmente resuelto por incumplimientos contractuales.
Se declare consentida la retención de la garantía de fiel cumplimiento al haberse resuelto válida y eficazmente los contratos.
Se ordene al contratista que asuma el íntegro de los costos arbitrales y demás gastos.
Exp-2026

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Exp-2027

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Exp-2028

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Exp-2029

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Exp-2030

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502.09.2021CONSORCIO R&LCOMITÉ DE COMPRA HUANUCO 4N° 0001-2019-CC-HUANUCO 4-PROD

N° 0002-2019-CC-HUANUCO 4-PROD

N° 0003-2019-CC-HUANUCO 4-PROD

N° 0004-2019-CC-HUANUCO 4-PROD
DEMANDA:
Se deje sin efecto las penalidades dictadas por un monto total de S/ 225,944.18.
Se abone al consorcio S/ 225,944.18 equivalente a la totalidad de las penalidades impuestas más los intereses legales.
Determinar qué parte o en qué porcentaje se asumirán los costos y costas del arbitraje